domingo, 6 de diciembre de 2009

492. Sobre comentarios de la Constitución I PARTE

Domingo 6 de Diciembre 2009.  0:07 hora zulú. Celebrando la Constitución de la Constitución. Imagen sacada de AQUÍ
Hoy es 6 de Diciembre, y hoy es un día de fiesta en España, porque celebramos el 31 aniversario de la Constitución, .
Parece que fue ayer y  ya han pasado 31 años. Si quieres conocer un poco la historia precedente de la Constitución, puedes pulsar AQUÍ 
Debería ser éste, por su importancia, un texto conocido por todos los españoles, pero la realidad nos dice que está lejos de ser así.



Los llamados padres de la Constitución fueron :
a)Don Gabriel Cisneros ( UCD)
b) Jose Pedro Pérez Llorca ( UCD)
c) Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón ( UCD)
d) Miguel Roca i Junyent ( Pacte Democrátic per Catalunya)
e) Manuel Fraga Iribarne ( AP)
f) Gregorio Peces Barba  (PSOE)
h) Jordi Solé Tura  (PCE)

Hoy me gustaría hacer un comentario al texto de la Constitución. Debido a que el texto puede ser largo en un solo post, lo voy a dividir en dos  partes, para que sea más fácil su lectura.
Empieza con un preámbulo que dice así:
PREÁMBULO
La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la
seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su
soberanía, proclama su voluntad de:
Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las
leyes conforme a un orden económico y social justo.
Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como
expresión de la voluntad popular.
Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los
derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a
todos una digna calidad de vida.
Establecer una sociedad democrática avanzada, y
Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz
cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.
En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la
siguiente
C O N S T I T U C I Ó N
 
Nota: lo de "garantizar la convivencia democrática"; no lo tengo muy claro, ni tampoco entiendo muy bien qué se entiende por "sociedad democrática avanzada", y tampoco lo de "Promover el progreso de la cultura y la economía. Habría qué preguntarse qué entienden por cultura, y también por progreso. Lo de la expresión popular, es como todo. Todo es cuestión de interpretación .
Pero sigamos leyendo:
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1 La soberanía reside en el pueblo
1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna
como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la
igualdad y el pluralismo político.¿Alguien se cree esto ?
2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del
Estado. del que sólo se acuerdan cada cuatro años para las elecciones.
3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.
Artículo 2
Unidad de la
Nación y derecho
a la autonomía
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria
común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la
autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas
ellas. Creo que algunos independentistas no están de acuerdo con esto.
Artículo 3
El castellano y
las demás
lenguas
españolas
1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el
deber de conocerla y el derecho a usarla. Algunos, me temo, no piensan así (véase los independentistas)
2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas
Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos. Sí, eso está bien, lo único malo es que parece que en algunos lugares,  el castellano está quedando relegado a un segundo plano. quizá no entendieron bien la aplicación de este artículo de la ley
3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio
cultural que será objeto de especial respeto y protección. No veas si se está protegiendo. Se están repitiendo errores del pasado, pero al revés.
Artículo 4
La bandera de
España y las
de las
Comunidades
Autónomas
1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y
roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. Los republicanos no piensan así
2. Los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades
Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios
públicos y en sus actos oficiales. Anda que si en toda España se tuvieran que colocar todas las banderas autónomas, iba a faltar sitio para tanta bandera
Artículo 5
Madrid, capital 

La capital del Estado es la villa de Madrid.aunque todavía no esté Villa en el Madrid
Artículo 6
Partidos políticos 

Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación  y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la
participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del
respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser
democráticos. La experiencia me demuestra que una cosa es la teoría y otra, bien distinta, la práctica.
Artículo 7
Sindicatos y
asociaciones
empresariales
Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa
y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y
el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su
estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos. Me pasa igual que con el artículo anterior, no lo veo muy claro.
Artículo 8
Fuerzas
Armadas
1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el
Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de
España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. Independencia, de quién?
2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.
Artículo 9
Respeto a la ley 
1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del
ordenamiento jurídico. Algunos piensan que esto no es así y están por encima de la ley y del bien y del mal, y que todo se puede poner al gusto de uno.
Libertad e
igualdad
2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y
la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas;
remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la
participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y
social. Ehh! Eso queda muy bonito en la teoría, pero en la práctica, no se aplica.
Garantías
jurídicas
3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la
publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no
favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la
responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Cómol? Sí, hay algunas cosas que garantiza la Constitución, pero luego a la hora de la verdad, no se aplica.
TÍTULO I
De los derechos y deberes fundamentales
Artículo 10
Derechos de la
persona
1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre
desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son
fundamento del orden político y de la paz social. Qué bonito, lástima que a veces no se cumpla.
2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la
Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración
Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las
mismas materias ratificados por España. Ahora, habría que ver los tratados internacionales que ha ratificado España, para tener este artículo un poco más claro.
CAPÍTULO I
De los españoles y los extranjeros
Artículo 11
Nacionalidad
1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.Sí, pero parece que sí puede ser marginado en base a su ideología política.
3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países
iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular
vinculación con España. En estos mismos países, aún cuando no reconozcan a sus
ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su
nacionalidad de origen. O sea, que si quieres seguir siendo español y te quieres hacer ciudadano británico podrás hacerlo, aunque no te lo reconozca la ley británica.
Artículo 12
Mayoría de
edad: 18 años
Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años. Excepto cuando vayan a tomar la píldora del día después ,que podrán hacerlo a partir de los 16 años y sin que sus padres puedan decir ni pío.
Artículo 13
Derechos de
los extranjeros
1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el
presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley. Y si da la casualidad que el país del extranjero que vive en España no tiene tratado con España.¿qué hacemos?
2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo
23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por
tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones
municipales. Se supone entonces porque cualquier español pueda votar en un país extranjero si reside allí, no?
3. La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de una ley,
atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los
delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo. No me importaria extraditar a todos los políticos corruptos, o mandarlos a  la luna
4. La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los
apátridas podrán gozar del derecho de asilo en España. Pero claro, eso como otras cosas, se puede negociar. Si total, las leyes están para saltárselas a la torera

CAPÍTULO II
Derechos y libertades
Artículo 14
Igualdad ante
la ley
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna
por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social. Eso aunque haya algunos que son más iguales que otros, por razón de dinero, porque si os fijáis, la ley no comenta nada por razones económicas, cono lo cual uno infiere que los españoles no son iguales ante la ley por razones económicas, cosa que tiene mucho sentido.
SECCIÓN 1.ª
De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
Artículo 15
Derecho a la
vida
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso,
puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda
abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para
tiempos de guerra. Lo que no especifica es que "tiempos de guerra" se refiere, porque actualmente estamos viendo una "guerra de bandos" políticos acojonante. Y es que, a pesar de que la Guerra "Incivil" terminó hace la friolera de 70 años, todavía, hay cosas que no han cambiado y parece que no hubiera pasado el tiempo. Si conoces tu pasado, jugarás con ventaja y no repetirás los errores.
Artículo 16
Libertad
ideológica y
religiosa
1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las
comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el
mantenimiento del orden público protegido por la ley. Si eso es así, por qué algunos partidos políticos hacen todo lo posible para "machacar" al bando contrario y que sólo existan ellos?
2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias. Faltaría más
3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta
las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes
relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones. No sé qué entiende por "relaciones de cooperación".  Pero eso no significa que el gobierno de turno no pueda ayudarla, por ejemplo, sufragando a la mitad los gastos para la próxima visita del Papa Benedicto XVI a cambio de que Rouco Varela mitigue las críticas al gobierno. O sea, que todos tenemos un precio
Artículo 17
Derecho a la
libertad
personal
1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado
de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los
casos y en la forma previstos en la ley. ¿ Qué es libertad?
2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario
para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos,
y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser
puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial. Hecha la ley, hecha la trampa
3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le
sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo
ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las
diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca.¿ Qué pasa si el detenido no habla el castellano, se lo traducen entonces?
4. La ley regulará un procedimiento de hábeas corpus para producir la inmediata
puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por
ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional.
Artículo 18
Derecho a la
intimidad.
Inviolabilidad
del domicilio
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia
imagen. Si uno vende su imagen por trozos a las revistas del corazón, también tiene el mismo derecho, o se le considera perdido?
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin
consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito . No lo tengo muy claro
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. Tampoco lo tengo muy claro, véase el SITEL, tan famoso ahora,
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad
personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. Y si no se limita, ¿qué pasa?
Artículo 19
Libertad de
residencia y
circulación
Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el
territorio nacional.
Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la
ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos. ¿ Qué se entiende por "España", porque como siga así, ya mismo no quedará nada de ella:
Artículo 20
Libertad de
expresión
1. Se reconocen y protegen los derechos:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones
mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. Eso sí, si eres "políticamente incorrecto, asume las consecuencias
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. quizá te puedes convertir en un escritor/a maldito/a
c) A la libertad de cátedra. Menos mal
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio
de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al
secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.Eso sí, si blasfemas, no pasa nada, porque total, como la justicia funciona como funciona.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de
censura previa. Como poder, se puede, lo que es es que no debería hacerse
3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de
comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y
garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos
significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de
España.De los medios no controlados por el Estado no dice nada
4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este
Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el
derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud
y de la infancia. Si uno vende su vida por fascículos coleccionables y estás saliendo en los medios todo el rato, también tiene derecho a la intimidad? Yo pienso que no, aunque claro aquí la ley del embudo funciona muy bien
5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de
información en virtud de resolución judicial. que se lo pregunte a El Jueves
Artículo 21
Derecho de
reunión
1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho
no necesitará autorización previa. Hay una trampa. Dice sin armas, tus manos las puedes usar como armas para dar puñetazos, y entonces dejas de ser pacífico.
2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará
comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan
razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o
bienes. Todo eso es muy subjetivo, y hecha la ley, hecha la trampa
Artículo 22
Derecho de
asociación
1. Se reconoce el derecho de asociación. No reconoce de qué tipo de asociación estamos hablando
2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son
ilegales. Lo que no dice es que quizá esto tenga que decirlo un juez, ¿verdad?
3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un
registro a los solos efectos de publicidad.
4. Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en
virtud de resolución judicial motivada. Sí, mientras tanto, le puedes marear a la perdiz
5. Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar. Pero eso no quiere decir que no puedan existir, siempre que no se tenga conocimiento de ella, como pasó con los GAL, por ejemplo.
Artículo 23
Derecho de
participación
1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente
o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por
sufragio universal. Lo de l"libremente elegidos"; no me queda muy claro. Listas abiertas, ya.
2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y
cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes. en condiciones de igualdad económica?
Artículo 24
Protección
judicial de los
derechos
1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los Jueces y
Tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún
caso, pueda producirse indefensión. y si se produjera indefesión, ¿qué?
2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la
defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada
contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías,
a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí
mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.Aquí hay un punto que discutir. Si uno ha cometido el delito, pero ha borrado todas las pruebas incriminatorias, también es inocente?. Yo diría que inocente no es , sino más bien un ZORRO
La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional,
no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.Hecha la ley, hecha la trampa
Artículo 25
Principio de
legalidad penal
1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el
momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa,
según la legislación vigente en aquel momento. Por eso las infracciones son como una liebre y las leyes reguladoras como una tortuga
Trabajo
remunerado
para los
reclusos
2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia
la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El
condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los
derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean
expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la
pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y
a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la
cultura y al desarrollo integral de su personalidad. O sea, que somos los que pensamos que "TÓ ER MUNDO É GÜENO", y así nos va
3. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o
subsidiariamente, impliquen privación de libertad. ¿ Qúé entienden por "privación de libertad"?¿
Artículo 26
Prohibición de
los Tribunales
de Honor
Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las
organizaciones profesionales. Menos mal
Artículo 27
Libertad de
enseñanza
1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. Lo de la Educación para la Ciudadanía, entra dentro de esa libertad?
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el
respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades
fundamentales. El desarrollo, o el "adoctrinamiento?
3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus
hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias
convicciones. A pesar de lo que pueda decir el gobierno


Derecho a la
educación
4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.  Hasta qué edad?
5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una
programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los
sectores afectados y la creación de centros docentes. No es eso lo que está sucediendo ahora
6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros
docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.
7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y
gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos,
en los términos que la ley establezca. Comprando ordenadores, pero sin cubrir las bajas de los profesores
8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para
garantizar el cumplimiento de las leyes. que se iran cambiando cada cuatro años haciendo un caos nuestro sistema educativo
9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que
la ley establezca. ¿Cómo? con palabras y mensajes de buena voluntad?
Autonomía
universitaria
10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley
establezca.  o sea que la universidad es autónoma, pero menos
Artículo 28
Libertad de
sindicación
1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el
ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos
sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los
funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar
sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a
formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o a
afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.Es bueno saberlo
Derecho a la
huelga
2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus
intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías
precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la
comunidad. En la práctica si no quieres hacer huelga, y los "piquetes informativos" te obligan al final , tienes quehacer huelga, así que dónde está la libertad para elegir?
Artículo 29
Derecho de
petición
1. Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por
escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley. El que te oigan o no, ya es otra cuestión, pero por lo menos, tienes el derecho
2. Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a
disciplina militar podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo a
lo dispuesto en su legislación específica.
SECCIÓN 2.ª
De los derechos y deberes de los ciudadanos
Artículo 30
Servicio
militar y
objeción de
conciencia
1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España. Está claro
2. La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas
garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del
servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social
sustitutoria. Te imaginas que se convocara una guerra y nadie fuera?
3. Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés
general.
4. Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave
riesgo, catástrofe o calamidad pública.¿ y quién lo haría, y quién sabe quién lo hace cuáles son los deberes que más interesan?

Artículo 31
Sistema
tributario
1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su
capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los
principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance
confiscatorio.A qué le llaman "sistema tributario justo"? Será eso el que pague  más quien menos recursos tiene?
2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su
programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.Se les olvidó decir que también corresponderá en la medidad de los intereses políticos del partido establecido en el gobierno
3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter
público con arreglo a la ley.¿Qué ley?
Artículo 32
Matrimonio 1. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad
jurídica.Después de la reciente aprobación de las bodas entre personas del mismo sexo
2. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los
derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus
efectos.
Artículo 33
Derecho a la
propiedad
1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.Así, se ve que algunos políticos heredan los cargos y se creen que es como una "propiedad privada"
2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las
leyes. Pero parece que las leyes están para "saltárselas"
3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de
utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de
conformidad con lo dispuesto por las leyes. Lo que no dice es si la indemnización será justa o no
Artículo 34
Derecho de
fundación
1. Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la
ley. ¿ qué son bienes de interés general? Es algo que siempre me he preguntado, porque es un concepto un poco cajón de sastre
2. Regirá también para las fundaciones lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del artículo
22.
Artículo 35
El trabajo,
derecho y
deber
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre
elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una
remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que
en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo. Lástima que una cosa es el derecho y otra bien distinta, es lo que luego hay, la práctica dice otra cosa
2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores. pero no todos los trabajadores se lo han leído
Artículo 36
Colegios
Profesionales
La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios
Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el
funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos. Como con el artículo seis y siete, está muy bien en la teoría, pero luego en la práctica...
Artículo 37
Convenios y
conflictos
laborales
1. La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los
representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de
los convenios. Pero eso sí, no dice nada, si algunos de los dos no quiere negociar, y mientras tanto, la casa sin barrer
2. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de
conflicto colectivo. La ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de
las limitaciones que pueda establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar
el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad.Lo que no tengo tan claro es por qué si por ejemplo se declara la huelga y no quieres ejercerla, la tengas que hace por pantalones.

Artículo 38
Libertad de
empresa.
Economía de
mercado
Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes
públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo
con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.  La defensa de la productividad? sí, también defiende la destrucción de empresas y que nos lleven a la ruina.
CAPÍTULO III
De los principios rectores de la política social y económica
Artículo 39
Protección a la
familia y a la
infancia
1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la
familia.¿ qué es la protección social? no me queda claro
2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos,
iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres,
cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la
paternidad. Si los hijos son unos "elementos", es entonces la ley la que queda "desprotegida"?
3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera
del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que
legalmente proceda. Esto no se cumple en muchos casos y así estamos como estamos.
4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que
velan por sus derechos. Una cosa es la protección, pero mucho me temo que aquí los "Hiperprotegemos" y estamos creando monstruos consentidos, en muchos casos, no en todos, afortunadamente.
Artículo 40
Redistribución
de la renta.
Pleno empleo
1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso
social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más
equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera
especial, realizarán una política orientada al pleno empleo. Sí, en eso Zapatero es un auténtico "experto"
Formación
profesional.
Jornada y
descanso
laboral
2. Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación
y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y
garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las
vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados. Si se cumplieran todas las reglas de seguridad e higiene en el trabajo, muchas empresas tendrían que cerrar, porque existen demasiadas irregularidades
Artículo 41
Seguridad
Social
Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos
los ciudadanos que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante
situaciones de necesidad, especialmente, en caso de desempleo. La asistencia y
prestaciones complementarias serán libres.Eso lo estamos viviendo ahora de primera persona, lamentablemente, porque no hay trabajo
Artículo 42
Emigrantes El Estado velará especialmente por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su
retorno. Pero si las cosas siguen así, seguro que piensan que mejor quedarse donde están, porque vamos de mal en peor
Artículo 43
Protección a la
salud
1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud. También se reconoce el derecho a que cunda  el pánico?
2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de
medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá
los derechos y deberes de todos al respecto.Tal y como ha ocurrido con la gripe A
Fomento del
deporte
3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el
deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio. Sí, también entre los políticos

Artículo 44
Acceso a la
cultura
1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos
tienen derecho. Según la SGAE, previo pago de "impuestro revolucionario"
2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica
en beneficio del interés general. ¿ qué es el interés general?
Artículo 45
Medio
ambiente.
Calidad de
vida
1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el
desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo. Sí, pero precisamente no disfrutamos de eso, porque entre todos lo estamos destruyendo, y nadie hace nada por evitarlo.
2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos
naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y
restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.Sí, por eso en campañas electorales se gastan una pasta en banderitas y papeles, y también todas esas cartas de envio de campaña electoral, para que se haga un uso racional, no, Ja!
3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley
fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la
obligación de reparar el daño causado. Claro que si trabajas dentro de la administración , a ti eso no te afecta, es lo que se llama la ley del embudo.
Artículo 46
Conservación
del patrimonio
artístico
Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del
patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo
integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará
los atentados contra este patrimonio. Lo que no dice es que se fomentará la separación del patrimonio histórico por motivos políticos, como sucedió con el archivo de Simancas.
Artículo 47
Derecho a la
vivienda.
Utilización del
suelo
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los
poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas
pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de
acuerdo con el interés general para impedir la especulación. Creo que las normas que se han establecido para evitar la especulación no funcionan, porque con la cantidad de especulación que existe...
La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes
públicos. De qué modo participará?
Artículo 48
Participación
de la juventud
Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de
la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural. Sobre todo en los macrobotellones
Artículo 49
Atención a los
disminuidos
físicos
Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e
integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la
atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de
los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos. La política de previsión que está realizando los poderes públicos, deja mucho que desear, me temo.
Artículo 50
Tercera edad Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad.¿Pensiones adecuadas? ¿Suficiencia económica? En la práctica sólo un tanto por ciento de estas personas de la tercera edad son los que disfrutan de "pensiones adecuadas".
Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar
mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de
salud, vivienda, cultura y ocio. Eso será, supongo el IMSERSO

Artículo 51
Defensa de los
consumidores
1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios,
protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los
legítimos intereses económicos de los mismos.¿ Qué son procedimientos eficaces? De qué sirve que puedas protestar si luego no funciona la justicia?
2. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los
consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las
cuestiones que puedan afectar a aquellos, en los términos que la ley establezca. Información y educación? ¿ Dónde, en los colegios? Porque a mí entonces no me han enseñado nada, y he tenido que hacer de autodidacta.
3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio
interior y el régimen de autorización de productos comerciales. Sí, eso sí está regulado, pero muy poca gente tiene conocimiento de esa ley
Artículo 52
Organizaciones
profesionales
La ley regulará las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los
intereses económicos que les sean propios. Su estructura interna y funcionamiento
deberán ser democráticos. Todo está regulado por ley
CAPÍTULO IV
De las garantías de las libertades y derechos fundamentales
Artículo 53
Tutela de las
libertades y
derechos
1. Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo II del presente Título vinculan
a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su
contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que
se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161, 1, a).
Recurso de
amparo
2. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos
reconocidos en el artículo 14 y la Sección 1ª. del Capítulo II ante los Tribunales
ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y
sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal
Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia
reconocida en el artículo 30. Ya empezamos con el embrollo
3. El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el
Capítulo III informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de
los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de
acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
Artículo 54
El Defensor del
Pueblo
Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto
comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los
derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la
Administración, dando cuenta a las Cortes Generales. Todavía no sé para qué sirve la figura del Defensor del Pueblo

CAPÍTULO V
De la suspensión de los derechos y libertades
Artículo 55
Suspensión de
derechos y
libertades
1. Los derechos reconocidos en los artículos 17, 18, apartados 2 y 3; artículos 19, 20,
apartados 1, a) y d), y 5; artículos 21, 28, apartado 2, y artículo 37, apartado 2,
podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o
de sitio en los términos previstos en la Constitución. Se exceptúa de lo establecido
anteriormente el apartado 3 del artículo 17 para el supuesto de declaración de
estado de excepción. O sea que con la excusa de la declaración de estado de excepción durante seis meses podríamos detener a todos los terroristas?
2. Una ley orgánica podrá determinar la forma y los casos en los que, de forma
individual y con la necesaria intervención judicial y el adecuado control
parlamentario, los derechos reconocidos en los artículos 17, apartado 2, y 18,
apartados 2 y 3, pueden ser suspendidos para personas determinadas, en relación
con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o
elementos terroristas.
La utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley
orgánica producirá responsabilidad penal, como violación de los derechos y
libertades reconocidos por las leyes.
TÍTULO II
De la Corona
Artículo 56
El Rey 1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del
Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de
su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la
Constitución y las leyes.Cuando el rey arbitra, ¿lleva un silbato?
2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la
Corona.
3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos
estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de
validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65, 2. Y qué pasa si por casualidad el Rey cometiera algún tipo de delito, también es "inviolable, y tampoco está sujeto a responsabilidad? Según veo, no, sólo serán responsables las personas que los refrenden, en este caso el presidente del Gobierno. Curioso, curioso.
Artículo 57
Sucesión en la
Corona
1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de
Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá
el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la
línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más
remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de
más edad a la de menos. Como al Príncipe se le ocurra "traer" un varón , tendrán que cambiar esta ley de la Constitución
El Príncipe de
Asturias
2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que
origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás
títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España. Sólo uno es Príncipe, los demás, son Infantes.
3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a
la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España. Tal y como sucedió cuando llamaron a Amadeo de Saboya en el siglo XIX
4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren
matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales,
quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.
5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en
el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.

Artículo 58
La Reina La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones
constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.la Reina Consorte, es también Reina con suerte.
Artículo 59
La Regencia 1. Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto,el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden
establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la
ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey..¿ Hasta qué edad es menor de edad el Rey?
2. Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere
reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia
el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se
procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe
heredero alcance la mayoría de edad. Como ocurrió en la minoría de edad de Alfonso XII
3. Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será
nombrada por las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas.
4. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad. Español de nacimiento, o de nacionalidad. Se puede ser español de nacionalidad sin ser español de nacimiento.
5. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.
Artículo 60
Tutela del Rey 1. Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre, mientras permanezcan viudos. En su
defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos
de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey. Es curioso porque aquí sí que lo especifica lo de español de nacimiento
2. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o
representación política. Seguro que ya se encargarán de buscarle algún subterfugio. Hecha la ley, hecha la trampa
Artículo 61
1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de
desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las
leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas. y dirá: qué ilu, ya soy Rey
2. El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al
hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento, así como el de
fidelidad al Rey. Lo de "fidelidad" al rey es un término un poco confuso

Artículo 62
Funciones del
Rey
Corresponde al Rey:
a) Sancionar y promulgar las leyes. por eso aparece su firma en todos las leyes del BOE
b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los
términos previstos en la Constitución. SÍ, disuelve las Cortes generales con "disolvente"
c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución. Ya llegaremos a eso
d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así
como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.  O sea que según esto, es él el que lo nombra, a propuesta del Gobierno.
e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente Cuántas cosas hace el Rey!
f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los
empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las
leyes.
g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones
del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente
del Gobierno. Mientras tanto, a vivir como un "Rey"
h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas. Como lo es el presidente americano en Estados Unidos .
i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar
indultos generales Ejerce el derecho de gracia, pero sin gracia.
j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
Artículo 63
1. El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los
representantes extranjeros en España están acreditados ante él.
2. Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse
internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las
leyes.
3. Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra
y hacer la paz. Estamos apañados
Artículo 64
Refrendo de
los actos del
Rey
1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso,
por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del
Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el
Presidente del Congreso. Pobre, se tendrán que comer los marrones del monarca, porque su persona es "Inviolable"
2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden. lo que decía
Artículo 65
La Casa del
Rey
1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el
sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma. Llegará a fin de mes?
2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa. Bienvenido a la República independiente de mi hogar

TÍTULO III
De las Cortes Generales
CAPÍTULO I
De las Cámaras
Artículo 66
Cortes
Generales:
potestad
legislativa y
control del
Gobierno
1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el
Congreso de los Diputados y el Senado. Por fin se acerca lo interesante
2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus
Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias
que les atribuya la Constitución. o sea, esta ley que estamos analizando
3. Las Cortes Generales son inviolables. pero se pueden quebrantar las voluntades expuestas en ellas por golpe de Estado, como en el intento de Febrero del 81
Artículo 67
El mandato
parlamentario
1. Nadie podrá ser miembro de las dos Cámaras simultáneamente, ni acumular el acta
de una Asamblea de Comunidad Autónoma con la de Diputado al Congreso. Sin embargo no dice nada de acta de concejal de Ayuntamiento
2. Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo. Y eso ¿qué significa?
3. Las reuniones de Parlamentarios que se celebren sin convocatoria reglamentaria no
vincularán a las Cámaras, y no podrán ejercer sus funciones ni ostentar sus
privilegios. o sea, aquí todo por lo reglamentario
Artículo 68
El Congreso de
los Diputados
1. El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados,
elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que
establezca la ley. Lo que no es sufragio universal es la elección de presidente de gobierno.
Sistema
electoral
2. La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla
estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá el
número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada
circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población. Vale
3. La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de
representación proporcional. Y eso significa?
Cuatro años de
legislatura
4. El Congreso es elegido por cuatro años. El mandato de los Diputados termina
cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara. Ya se encargarán los partidos de perpetuar el mandato
5. Son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus
derechos políticos. Españoles de nacimiento o de nacionalidad, o ambos?
La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los
españoles que se encuentren fuera del territorio de España.  Me parece muy bien, pero no le veo el sentido.
6. Las elecciones tendrán lugar entre los treinta días y sesenta días desde la
terminación del mandato. El Congreso electo deberá ser convocado dentro de los
veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones. Hay que preparar toda la parafernalia.
Artículo 69
El Senado,
Cámara de
representación
territorial
1. El Senado es la Cámara de representación territorial. Mientras no sea una "cámara de gas"
2. En cada provincia se elegirán cuatro Senadores por sufragio universal, libre, igual,
directo y secreto por los votantes de cada una de ellas, en los términos que señale
una ley orgánica. Aquí las listas si son abiertas.
3. En las provincias insulares, cada isla o agrupación de ellas, con Cabildo o Consejo
Insular, constituirá una circunscripción a efectos de elección de Senadores,
correspondiendo tres a cada una de las islas mayores -Gran Canaria, Mallorca y
Tenerife- y uno a cada una de las siguientes islas o agrupaciones: Ibiza-Formentera,
Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma. Vale
4. Las poblaciones de Ceuta y Melilla elegirán cada una de ellas dos Senadores. Para que no se peleen
5. Las Comunidades Autónomas designarán además un Senador y otro más por cada
millón de habitantes de su respectivo territorio. La designación corresponderá a la
Asamblea legislativa o, en su defecto, al órgano colegiado superior de la
Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo que establezcan los Estatutos, que
asegurarán, en todo caso, la adecuada representación proporcional. Aquí está el famoso caso de la elección de Leyre Pajín, que tanta cola está llevando
Cuatro años de
legislatura
6. El Senado es elegido por cuatro años. El mandato de los Senadores termina cuatro
años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara. Igual que en el Congreso de los Diputados.
Artículo 70
Incompatibilidades
e
inelegibilidades
1. La ley electoral determinará las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de los
Diputados y Senadores, que comprenderán, en todo caso:
a) A los componentes del Tribunal Constitucional.
b) A los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, con la
excepción de los miembros del Gobierno.
c) Al Defensor del Pueblo.
d) A los Magistrados, Jueces y Fiscales en activo. Cuando el juez Garzón fue fichado para el PSOE para ser diputado, era Juez en activo? Qué tipo de artimaña se utilizó para no ser incompatible en el cargo?
e) A los militares profesionales y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad y Policía en activo.
f) A los miembros de las Juntas Electorales.
2. La validez de las actas y credenciales de los miembros de ambas Cámaras estará
sometida al control judicial, en los términos que establezca la ley electoral.
Artículo 71
Inviolabilidad
e inmunidad
parlamentarias
1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones
manifestadas en el ejercicio de sus funciones. Esa inviolabilidad es también garantizada si insultan a sus señorías, o ahí no?
2. Durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de
inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser
inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva. Y si la Cámara no da autorización, ¿ qué hacemos?
3. En las causas contra Diputados y Senadores será competente la Sala de lo Penal del
Tribunal Supremo. ahora tienen mucho trabajo
4. Los Diputados y Senadores percibirán una asignación que será fijada por las
respectivas Cámaras. Pobres,  si no llegan a fin de mes
Artículo 72
Reglamentos
de las Cámaras
1. Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus
presupuestos y, de común acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes
Generales. Los Reglamentos y su reforma serán sometidos a una votación final
sobre su totalidad, que requerirá la mayoría absoluta. todo está reglamentado
2. Las Cámaras eligen sus respectivos Presidentes y los demás miembros de sus
Mesas. Las sesiones conjuntas serán presididas por el Presidente del Congreso y se
regirán por un Reglamento de las Cortes Generales aprobado por mayoría absoluta
de cada Cámara. No lo sabía
3. Los Presidentes de las Cámaras ejercen en nombre de las mismas todos los poderes
administrativos y facultades de policía en el interior de sus respectivas sedes. algo así como los señaleros en los aeropuertos
Artículo 73
Sesiones de las
Cámaras
1. Las Cámaras se reunirán anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: el
primero, de septiembre a diciembre, y el segundo de febrero a junio. Lo que no dicen es para qué se reúnen.
2. Las Cámaras podrán reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno,
de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los miembros de
cualquiera de las Cámaras. Las sesiones extraordinarias deberán convocarse sobre
un orden del día determinado y serán clausuradas una vez que éste haya sido
agotado. Aunque esto signifique terminar a las tres de la mañana, pero claro eso no va a suceder mientras que el gobierno tenga mayoría.
Artículo 74
Sesiones
conjuntas de
las Cámaras
1. Las Cámaras se reunirán en sesión conjunta para ejercer las competencias no
legislativas que el Título II atribuye expresamente a las Cortes Generales.
2. Las decisiones de las Cortes Generales previstas en los artículos 94, 1; 145, 2, y
158, 2, se adoptarán por mayoría de cada una de las Cámaras. En el primer caso, el
procedimiento se iniciará por el Congreso, y en los otros dos, por el Senado. En
ambos casos, si no hubiera acuerdo entre Senado y Congreso, se intentará obtener
por una Comisión Mixta compuesta de igual número de Diputados y Senadores. La
Comisión presentará un texto que será votado por ambas Cámaras. Si no se aprueba
en la forma establecida, decidirá el Congreso por mayoría absoluta.
Artículo 75
El Pleno y las
Comisiones de
las Cámaras
1. Las Cámaras funcionarán en Pleno y por Comisiones. No será Comisiones Obreras, no?) Era un broma, claro está)
2. Las Cámaras podrán delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la
aprobación de proyectos o proposiciones de ley. El Pleno podrá, no obstante,
recabar en cualquier momento el debate y votación de cualquier proyecto o
proposición de ley que haya sido objeto de esta delegación. O sea que casi todo funciona a base de "comisiones"
3. Quedan exceptuados de lo dispuesto en el apartado anterior la reforma
constitucional, las cuestiones internacionales, las leyes orgánicas y de bases y los
Presupuestos Generales del Estado.
Artículo 76
Comisión de
investigación
1. El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán
nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés público.
Sus conclusiones no serán vinculantes para los Tribunales, ni afectarán a las
resoluciones judiciales, sin perjuicio de que el resultado de la investigación sea
comunicado al Ministerio Fiscal para el ejercicio, cuando proceda, de las acciones
oportunas. Aunque a veces no sirva para nada, como la comisión que se nombró para investigar los sucesos acaecidos el día 11 de Marzo del 2004, tan señalado en nuestra historia.
2. Será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras. La ley regulará las
sanciones que puedan imponerse por incumplimiento de esta obligación. Cuando uno comparezca ante alguna de las Cámaras, podrá llevarse "cámara" y hacerse fotos?
Artículo 77
Peticiones a las
Cámaras
1. Las Cámaras pueden recibir peticiones individuales y colectivas, siempre por
escrito, quedando prohibida la presentación directa por manifestaciones
ciudadanas. que luego escuchen o no tus peticiones, es otro cantar
2. Las Cámaras pueden remitir al Gobierno las peticiones que reciban. El Gobierno
está obligado a explicarse sobre su contenido, siempre que las Cámaras lo exijan. pueden?
lo que cambia si fuera el verbo deber.
Artículo 78
Diputaciones
Permanentes
1. En cada Cámara habrá una Diputación Permanente compuesta por un mínimo de
veintiún miembros, que representarán a los grupos parlamentarios, en proporción a
su importancia numérica. y para qué sirven?
2. Las Diputaciones Permanentes estarán presididas por el Presidente de la Cámara
respectiva y tendrán como funciones la prevista en el artículo 73, la de asumir las
facultades que correspondan a las Cámaras, de acuerdo con los artículos 86 y 116,
en caso de que éstas hubieran sido disueltas o hubiere expirado su mandato, y la de
velar por los poderes de las Cámaras cuando éstas no estén reunidas.
3. Expirado el mandato o en caso de disolución, las Diputaciones Permanentes
seguirán ejerciendo sus funciones hasta la constitución de las nuevas Cortes
Generales. como si fuera un gobierno interino, vaya
4. Reunida la Cámara correspondiente, la Diputación Permanente dará cuenta de los
asuntos tratados y de sus decisiones. a quién debe de dar cuenta?

Artículo 79
Adopción de
acuerdos
1. Para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidos reglamentariamente y con
asistencia de la mayoría de sus miembros. qué se considera como mayoría?( no lo explica)
2. Dichos acuerdos, para ser válidos, deberán ser aprobados por la mayoría de los
miembros presentes, sin perjuicio de las mayorías especiales que establezcan la
Constitución o las leyes orgánicas y las que para elección de personas establezcan
los Reglamentos de las Cámaras.¿ qué son las mayorías especiales?
3. El voto de Senadores y Diputados es personal e indelegable. Y si no estás no puedes votar, no?
Artículo 80
Publicidad de
las sesiones
Las sesiones plenarias de las Cámaras serán públicas, salvo acuerdo en contrario de
cada Cámara, adoptado por mayoría absoluta o con arreglo al Reglamento. ¿ qué reglamento?
CAPÍTULO II
De la elaboración de las leyes
Artículo 81
Las leyes
orgánicas
1. Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de
las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen
electoral general y las demás previstas en la Constitución.
2. La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría
absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto.¿ qué es mayoría absoluta?
Artículo 82
La delegación
legislativa
1. Las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas
con rango de ley sobre materias determinadas no incluidas en el artículo anterior.
2. La delegación legislativa deberá otorgarse mediante una ley de bases cuando su
objeto sea la formación de textos articulados o por una ley ordinaria cuando se trate
de refundir varios textos legales en uno solo.
3. La delegación legislativa habrá de otorgarse al Gobierno de forma expresa para
materia concreta y con fijación del plazo para su ejercicio. La delegación se agota
por el uso que de ella haga el Gobierno mediante la publicación de la norma
correspondiente. No podrá entenderse concedida de modo implícito o por tiempo
indeterminado. Tampoco podrá permitir la subdelegación a autoridades distintas
del propio Gobierno.
4. Las leyes de bases delimitarán con precisión el objeto y alcance de la delegación
legislativa y los principios y criterios que han de seguirse en su ejercicio.
Refundición de
textos legales
5. La autorización para refundir textos legales determinará el ámbito normativo a que
se refiere el contenido de la delegación, especificando si se circunscribe a la mera
formulación de un texto único o si se incluye la de regularizar, aclarar y armonizar
los textos legales que han de ser refundidos.
6. Sin perjuicio de la competencia propia de los Tribunales, las leyes de delegación
podrán establecer en cada caso fórmulas adicionales de control.
Artículo 83
Limitación a
las leyes de
bases
Las leyes de bases no podrán en ningún caso:
a) Autorizar la modificación de la propia ley de bases.
b) Facultar para dictar normas con carácter retroactivo.

Artículo 84
Cuando una proposición de ley o una enmienda fuere contraria a una delegación
legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a su tramitación. En tal
supuesto, podrá presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de
la ley de delegación.
Artículo 85
Decretos
Legislativos
Las disposiciones del Gobierno que contengan legislación delegada recibirán el título de
Decretos Legislativos.
Artículo 86
Decretos-leyes y suconvalidación
1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar
disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y
que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los
derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al
régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.
2. Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de
totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere
reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso
habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación
o derogación, para lo cual el reglamento establecerá un procedimiento especial y
sumario.
3. Durante el plazo establecido en el apartado anterior, las Cortes podrán tramitarlos
como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia.
Artículo 87
Iniciativa
legislativa
1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de
acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras.
Iniciativa
legislativa de
Comunidades
Autónomas
2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la
adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición
de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea
encargados de su defensa.
Iniciativa
legislativa
popular
3. Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa
popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso, se exigirán no
menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias
propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la
prerrogativa de gracia. Eso se hizo con lo del asunto de Mari Luz y no se ha vuelto a oír nada más del tema
Artículo 88
Proyectos
de ley
Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someterá al
Congreso, acompañados de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios
para pronunciarse sobre ellos.
Artículo 89
Proposiciones
de ley
1. La tramitación de las proposiciones de ley se regulará por los Reglamentos de las
Cámaras, sin que la prioridad debida a los proyectos de ley impida el ejercicio de la
iniciativa legislativa en los términos regulados por el artículo 87.
2. Las proposiciones de ley que, de acuerdo con el artículo 87, tome en consideración
el Senado, se remitirán al Congreso para su trámite en éste como tal proposición.

Artículo 90
Actuación
legislativa del
Senado
1. Aprobado un proyecto de ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los
Diputados, su Presidente dará inmediata cuenta del mismo al Presidente del
Senado, el cual lo someterá a la deliberación de éste.
2. El Senado, en el plazo de dos meses, a partir del día de la recepción del texto,
puede, mediante mensaje motivado, oponer su veto o introducir enmiendas al
mismo. El veto deberá ser aprobado por mayoría absoluta. El proyecto no podrá ser
sometido al Rey para sanción sin que el Congreso ratifique por mayoría absoluta,
en caso de veto, el texto inicial, o por mayoría simple, una vez transcurridos dos
meses desde la interposición del mismo, o se pronuncie sobre las enmiendas,
aceptándolas o no por mayoría simple.
3. El plazo de dos meses de que el Senado dispone para vetar o enmendar el proyecto
se reducirá al de veinte días naturales en los proyectos declarados urgentes por el
Gobierno o por el Congreso de los Diputados.
Artículo 91
Sanción y
promulgación
de las leyes
El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes
Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.
Artículo 92
Referéndum 1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a
referéndum consultivo de todos los ciudadanos. Como sucedió con lo de la OTAN, porque de entrada fue no, pero luego fue sí
2. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del
Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.
3. Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas
modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.
CAPÍTULO III
De los tratados internacionales
Artículo 93
Tratados
internacionales
Mediante la ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se
atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias
derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según
los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas
de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión.
Artículo 94
Autorización de
las Cortes para
determinados
tratados
internacionales
1. La prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados o
convenios requerirá la previa autorización de las Cortes Generales, en los
siguientes casos:
a) Tratados de carácter político.
b) Tratados o convenios de carácter militar.
c) Tratados o convenios que afecten a la integridad territorial del Estado o a los
derechos y deberes fundamentales establecidos en el Título I.
d) Tratados o convenios que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda
Pública.
e) Tratados o convenios que supongan modificación o derogación de alguna ley o
exijan medidas legislativas para su ejecución.
2. El Congreso y el Senado serán inmediatamente informados de la conclusión de los
restantes tratados o convenios.


Artículo 95
Los tratados
internacionales y
la Constitución
1. La celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a
la Constitución exigirá la previa revisión constitucional. La mayoría de tratados internacionales, la gente no los conoce
2. El Gobierno o cualquiera de las Cámaras puede requerir al Tribunal Constitucional
para que declare si existe o no esa contradicción
Artículo 96
Derogación y
denuncia de
los tratados y
convenios
1. Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados
oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus
disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma
prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho
internacional.
2. Para la denuncia de los tratados y convenios internacionales se utilizará el mismo
procedimiento previsto para su aprobación en el artículo 94.
TÍTULO IV
Del Gobierno y de la Administración
Artículo 97
El Gobierno El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la
defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo
con la Constitución y las leyes
Artículo 98
Composición y
estatuto del
Gobierno
1. El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los
Ministros y de los demás miembros que establezca la ley.
2. El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás
miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de
éstos en su gestión.
3. Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que
las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no
derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna.
4. La ley regulará el estatuto e incompatibilidades de los miembros del Gobierno.
Artículo 99
Nombramiento
del Presidente
del Gobierno
1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás
supuestos constitucionales
El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá
ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda
formar y solicitará la confianza de la Cámara.
3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus
miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente.
De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación
cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada
si obtuviere la mayoría simple.
4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura,
se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.
5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura,
ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá
ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del
Congreso.
...continuará...

El resto es silencio.
Feliz y Placido Domingo
ps. Mis condolencias a la familia de Jordi Solé Tura, que ha fallecido recientemente.


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2 comentarios:

  1. Parece que la cosa es seria, no?
    Esto si que es un compilado para leer tio! uffff
    Nosotros estamos de elecciones el pmo. domingo.
    Es una fecha histórica Rampy, porque nuestro gobierno, precidido por nuestra presidenta Michelle Bachelet está ante una gran disyuntiva.
    Nuevamente la derecha y la izquierda...cuento de nunca acabar, no?

    Alibesos para ti :-)

    Ali

    ResponderEliminar
  2. Como te lo has currado, me has dejado muerta. Lo tuyo si que es un Constitución bien elaborada

    ResponderEliminar

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